Así lo decidió el juez Pullen Llermanos acatando la orden del máximo tribunal. La dirigente jujeña ya se encuentra en el barrio El Carmen para continuar con la prisión domiciliaria.
El juez Pablo Pullen Llermanos ordenó trasladar a la dirigente de la Tupac Amaru Milagro Sala desde el Complejo Penitenciario Federal General Martín Güemes, en la provincia de Salta, hasta su casa en la localidad jujeña de El Carmen para que cumpla allí prisión preventiva domiciliaria con restricciones.
Pullen Llermanos, titular del Juzgado de Instrucción de Causas Ley Nº 3584 Nº 1, ordenó al Servicio Penitenciario de Jujuy y al Cuerpo Especial de Operaciones Policiales de la policía local que “procedan en forma inmediata” al traslado de Sala.
Sin embargo, en dicha notificación prohíben al equipo médico compuesto por los galenos Dr. Daniel Gollán, Dr. Mario Burgos y Dr. Jorge Rachid y Dr. Nicolás Keplak a continuar con el tratamiento de la dirigente social y establecen que únicamente podrá ser atendida por médicos del servicio provincial de salud.
Esta medida continúa incumpliendo el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El magistrado firmó ayer la resolución para “dar estricto cumplimiento a lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación” y “lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Jujuy” tras su sentencia del 7 de agosto último, en la que había ordenado un “cambio de lugar de cumplimiento de la prisión preventiva” y había dispuesto el traslado de Sala desde su casa en el loteo Villa Parque La Ciénaga al Complejo Penitenciario Federal General Martín Güemes en Salta.
Sin embargo, esa decisión de Pullen Llermanos no duró mucho. Este martes, la Corte Suprema había resuelto que se tomaran “con carácter de urgente las medidas del caso para dar pleno cumplimiento a lo resuelto” por ese tribunal el 5 de diciembre de 2017 “y salvaguardar la vida, integridad personal y salud” de Milagro Sala. Además, el máximo tribunal había dado cinco días al Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Jujuy para que explicara por qué “no se habría dado cumplimiento” a su pronunciamiento “en cuanto dispuso la prisión domiciliaria de la Sra. Sala”.
La Corte resolvió en diciembre de 2017 sobre un fallo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) respecto de la detención de Sala.
La CIDH intervino en este caso en 2016: visitó a Sala en el penal y consideró que su vida estaba en peligro. El 23 de noviembre de 2017, la Corte Interamericana dictó un fallo en su favor y pidió que el encarcelamiento de Sala fuera reemplazado por prisión domiciliaria o por otra medida “menos restrictiva de sus derechos”, como ponerle una tobillera. Sobre la base de ese fallo se pronunció la Corte Suprema.
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