La oposición salió a criticar fuertemente la iniciativa del presidente Macri, de firmar un Decreto de Necesidad y urgencia por la extinción de dominio.
En 2018, el gobierno de Cambiemos no pudo avanzar vía el Congreso nacional con su proyecto de Ley de Extinción de Dominio. La iniciativa había sido calificada por varios representantes de ambas cámaras como “un mamarracho” y recogió innumerables críticas de los expertos.
El texto oficial no prosperó en el Senado -se aprobó en agosto pasado la propuesta del Bloque Justicialista que no contemplaba que la norma sea retroactiva ni que la quita de bienes sea vía el fuero Civil. Ante este revés, el presidente Mauricio Macri anunció este lunes que sacará un Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU) sobre la extensión de dominio retroactivo a 15 años.
Si bien no se informó en detalle el DNU, el proyecto de Cambiemos pretende que la quita de bienes se produzca incluso antes de que el acusado sea declarado culpable.
En el Senado se presentaron tres proyectos alternativos para subsanar esta posible violación a la presunción de inocencia consagrada en el artículo 18 de la Constitución Nacional. A pesar de ello, ya el año pasado el presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, insistió con la necesidad de avanzar en su sanción.
“Es muy importante para nosotros que la acción de extinción de dominio no esté totalmente atada a la investigación penal. Para ello proponemos un proceso civil rápido que le permita al Estado quitarles los bienes a los delincuentes aún antes de la condena penal”, escribió Pinedo.
El constitucionalista Daniel Sabsay, en tanto, fue tajante: “Avanzar en el desapoderamiento antes de una condena es muy, muy peligroso. Siempre debe darse después de una condena al menos en primera instancia, porque sino estaríamos entrando en un territorio muy peligroso”.
El periodista especialista en judiciales Gabriel Morini sostuvo asimismo que el decreto de Macri “vulnera la presunción de inocencia y propiedad privada”, pero además “es un decreto de necesidad y urgencia que suplanta una ley votada por el Congreso, y lo que es peor es que convierte en retroactivo el DNU a 15 años cuando no se puede legislar para atrás”.
Por su parte, desde el bloque de diputados kirchneristas destrozaron la avanzada del presidente Macri: “Rechazamos el Decreto de Necesidad y Urgencia de extinción de dominio anunciado por el Presidente Mauricio Macri. Una vez más, el Ejecutivo Nacional demuestra su autoritarismo, dándole la espalda al Congreso Nacional, cuando no acciona de acuerdo a sus deseos. El DNU de extinción de dominio es inconstitucional, más un acto de campaña que de gobierno, ya que los DNU están vedados para materia penal. Por eso, lo anunciado por Mauricio Macri involucra directamente cuestiones penales. Curiosamente, en el día que el FMI anuncia mayor contracción económica para la Argentina, el Gobierno de Cambiemos intenta tapar una nueva mala noticia con un mamarracho que viola la Constitución Nacional. Por último, apelamos a que el Ejecutivo Nacional sea verdadero ejemplo de transparencia, sin funcionarios con cuentas en paraísos fiscales (offshore), sin beneficiar con políticas de Estado a amigos empresarios, sin endeudar por décadas a todos los argentinos y poniendo en la Oficina Anticorrupción a un opuesto político y no a una amiga, por nombrar algunos hechos repudiables”.
Miguel Angel Pichetto, jefe de bloque PJ en el Senado: “Atento a la importancia de la ley de extinción de dominio habría que haber agotado todos los esfuerzos para que se tratara en la Cámara de Diputados, donde Cambiemos es el bloque mayoritario. El Senado había sancionado una buena ley.”
Daniel Filmus, ex ministro de Educación: “El decreto de extinción de dominio que firmó hoy Macri es inconstitucional. Los temas penales no pueden ser contemplados en un DNU y la ley debe ser debatida democráticamente en el Congreso”.
Gabriela Cerruti, diputada de Nuevo Encuentro: “#DevolvéLoRobado Devolvé el Correo. Devolvé las Autopistas. Devolvé los parques eólicos. Devolvé las tierras en Salta. Devolvé las cloacas de Morón. Devolvé la deuda privada estatizada. Devolvé el trabajo. Devolvé la industria. Devolvé el desendeudamiento. Devolvé Conectar Igualdad. Devolvé el Conicet. Devolvé el Procrear. Devolvé la jubilación digna. Devolvé la alegría. Devolvé los sueños. Devolvé el futuro”.
Victoria Tolosa Paz, concejal FpV en La Plata: “El de las cloacas con Roousselot. El condenado por contrabandista de autopartes. El que quebró al Correo Argentino. El de las escuchas ilegales. El que fugó U$$ 112 millones antes de devaluar. El que figura en Panamá Papers. Anuncia #LeyDeExtincionDeDominio. Increíble”.
Myriam Bregman, legisladora del FIT: “Además de la medida demagógica de ‘extinción de dominio’ que está anunciando Macri (porque ya existen medidas para recuperar bienes de origen ilegal), hay que mirar muy bien el texto del proyecto porque lo que se trató oportunamente en el Congreso era inconstitucional”.
Marcelo Parrilli, abogado: “Macri saca por decreto de necesidad y urgencia la extinción de dominio. Reedita la Conarepa de la dictadura”.
Sabsay señaló que en la actualidad existe la figura de decomiso que se sustancia en el fuero penal y alcanza sólo a algunos delitos específicos como el narcotráfico o la trata de personas por ejemplo. Sin embargo, el proceso penal de decomiso, que se inicia recién una vez que hay una sentencia condenatoria es muy largo y la idea es poder rescatar esos bienes malhabidos para el Estado o incluso en los casos que correspondan reparar a las víctimas de los delitos juzgados.
La extinción de dominio por el contrario se sustancia en el fuero civil y su proceso es mucho más expeditivo por lo que el Estado recuperaría mucho antes esos activos que podrían “perderse” a lo largo del proceso penal.
Aníbal Fernández cruzó la norma y disparó “Como la ley de extinción de dominio es civil (según estos impresentables) y la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas es de 2016, me imagino que el gobierno va ir por el patrimonio de todas las empresas de los cuadernos y sus dividendos”.
El Constitucionalista Gustavo Arballo advirtió que, “Aunque se reglamente como el procedimiento que hace un juez civil, está intrínsecamente conectado a un proceso penal, de forma tal que infringe la prohibición de sancionar DNU en esta materia que tiene la Constitución. De hecho, los proyectos en trámite en el Congreso lo reconocían al regular la modificación de artículos en el Código Penal”.
“Por la misma razón, en la medida en que la extinción de dominio se activaría sin necesidad de una ‘sentencia firme’, supone una transgresión del derecho al recurso y viola la presunción de inocencia que tienen los imputados”, agrega.
Arballo recuerda también que “la jurisprudencia de la Corte ha enfatizado que el DNU está pensado para cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites normales de la sanción de las leyes y que no es un punto trivial. El estado de necesidad y urgencia no es igual a la mera conveniencia política. No hay en enero de 2019 circunstancias excepcionales ni imposibilidad de seguir los trámites normales para el tratamiento del proyecto. La falta de una mayoría es una inconveniencia política pero no una circunstancia de necesidad y urgencia. Para hacer pasar una ley, un presidente necesita consenso en las dos cámaras, pero para que un DNU quede vigente le basta con mayoría en una sola ya que únicamente podría caer si las dos lo rechazan”.
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